¿Cuando hay que realizar simulacros de emergencias?
Los simulacros de emergencias como marca la ley de prevención de riesgos laborales art 20, se han de realizar de forma periódica. El RD 393/2007 norma básica de autoprotección se indica que se han de realizar simulacros de emergencia según lo establecido en el plan y al menos de forma anual.
El objeto del simulacro de emergencias es evaluar el grado de eficacia de respuesta de los distintos equipos que componen la emergencia, determinar la suficiencia e idoneidad de los medios existentes, y adecuación de los procedimientos de actuación, con el objeto de poder obtener datos y medidas que permitan tomar decisiones para mejorar respuesta en caso de emergencia real
Los simulacros de emergencia se pueden realizar asignando uno o varios de los escenarios de emergencia contemplados en el plan de autoprotección de su organización. El alcance de dichos simulacros se establecerá con la empresa teniendo en cuenta la actividad y el grado de implantación se puede elegir entre un simulacro parcial o total. El objeto de este ejercicio será evaluado por nuestros expertos que actuarán como observadores, determinando el grado de eficacia del simulacro de emergencias.